Mi Ciudadanía Puertorriqueña
por José (Fufi) Santori Coll
Se impone la celebración del día de la ciudadanía puertorriqueña el domingo, 2 de diciembre del 2018. Fecha de nacimiento del bien recordado puertorriqueño Juan Mari Bras. Ese día, Mari Bras hubiera cumplido 91 años.
Fue en el 1993 cuando llegué a la conclusión de que el primer paso hacia la descolonización de Puerto Rico (PR) era el renunciar a la ciudadanía de los Estados Unidos que nos impusiera el imperio al aprobarse la Ley Jones-Saffroth de 1917.
Si la Ley Foraker de 1900 formalizó la colonia de Puerto Rico; la Ley Jones de 1917 tuvo una consecuencia peor porque desnacionalizó al puertorriqueño. Fue así, porque al imponerle una ciudadanía extranjera (USA) a los boricuas, trató de evitar que algún día en su historia futura, libre del coloniaje, el puertorriqueño se hiciera ciudadano de Puerto Rico honrando así su nacionalidad; la única que lo identifica: la puertorriqueña.
Cada vez que se debate el futuro político de Puerto Rico surgen especulaciones sobre la cultura, la identidad y la economía. En nuestro caso, la invasión de 1898 fue un golpe imperialista de los Estados Unidos en la que los anglosajones se hicieron de un territorio en el Mar Caribe por el derecho de la fuerza y con propósito de estrategia militar y comercial conculcando los derechos humanos y civiles de un pueblo de cultura hispánica cuyos procederes de gobierno antagonizaban con los del invasor. Vinieron a adelantar sus intereses y para nada valían los de la gente cuyo país habían ocupado. O sea, los “americanos” no vinieron a traernos libertad ni democracia. Que eso quede claro.
Queda también claro que la ciudadanía americana que se les impusiese a los puertorriqueños en el 1917 nos condena a la inferioridad ad perpetuam con los nacionales estadounidenses porque, para colmo, esa ciudadanía no le permite al puertorriqueño residir en su patria y votar por el presidente y vicepresidente de los Estados Unidos, así como de sus miembros en el congreso. Tendría el boricua que exiliarse de su patria para ejercer plenamente sus derechos civiles. Somos, de facto, inferiores jurídica y políticamente en nuestro Puerto Rico.
¿Cómo renunciar a la ciudadanía americana? Y le escribí primero al presidente Bill Clinton: Citizenship is a natural consequence of nationality. Being a Puerto Rican national I should be a Puerto Rican citizen.
Opté por firmar una declaración jurada en la que renunciaba a la ciudadanía americana y me hacía motu propio ciudadano puertorriqueño. Yo rehusaba y rehúso seguir el procedimiento de renuncia de las leyes de inmigración, porque habiendo renunciado a la ciudadanía americana sentía que las leyes federales ya no me gobernaban.
El 15 de julio de 1993 firmé dicha declaración jurada en Aguadilla siendo el licenciado Eduardo Villanueva testigo de mi renuncia. Y ese mismo año, el 23 de septiembre en Lares, cientos de puertorriqueños firmaron sus renuncias a la ciudadanía americana notariadas muchas de ellas por el patriota Lcdo. Luis Garrastegui. Y de ahí los renunciantes fuimos todos al teatro “Liberty” de Quebradillas el 19 de noviembre a recibir nuestro pasaporte boricua. En unos tres años se repartieron más de 1,500 Pasaportes Boricuas.
Mientras tanto, el patriota Juan Mari Bras preparaba un plan para renunciar a dicha ciudadanía siguiendo los dictámenes de las leyes de inmigración del imperio a manera de un experimento jurídico. Yo le había advertido que se la rechazarían, pero tanto a él como al artista Pablo Marcano se las aceptaron.
Renunciar a la ciudadanía americana no significa lo mismo para Mr. Jones nacido en Georgia que para Mr. Pérez nacido en Puerto Rico. Tomen nota que Juan Mari Bras culminó su trámite de renuncia en la embajada de Estados Unidos en Caracas, Venezuela.
Al recibir su certificado de “loss of nationality” Mr. Jones deja de ser ciudadano de Georgia, pero también de los Estados Unidos. Y así pierde el derecho de regresar al lugar donde nació ya que Georgia es parte de los Estados Unidos. No es así en el caso de Mari Bras que sigue siendo ciudadano de Puerto Rico, un país extranjero que pertenece a, pero no es parte de Estados Unidos. Por eso Mari Bras le es permitido regresar a su país de origen, Puerto Rico, mientras que a Mr. Jones no, porque su país de origen no es Georgia sino los Estados Unidos a cuya ciudadanía ha renunciado.
En su estadía como ciudadano puertorriqueño, Juan Mari Bras siguió ejerciendo su profesión de abogado e incluso votó por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) en las elecciones de 1996. Su voto fue validado en el tribunal competente por el juez Ángel Hermida. Se reivindicaba así la ciudadanía puertorriqueña.
El éxito de Mari Bras en su gestión para renunciar a la ciudadanía motivó a un grupo de renunciantes aguadillanos a trasladarse a la Republica Dominicana para emular la gesta de Juan Mari. No podemos olvidar al Lcdo. Alberto Lozada que andaba por las mismas en una cruzada personal que llegó a ventilarse en un tribunal de Washington DC.
El Departamento de Estado USA, viendo que el asunto de las renuncias se le iba de las manos, intervino revocando la aceptación de las renuncias de Mari Bras, Pablo Marcano y rechazando la petición de los 14 aguadillanos. Solo quedaba en pie la renuncia del Lcdo. Alberto Lozada cuya solicitud se vio en un tribunal de Washington y se le falló en contra por el juez que presidia ese tribunal.
El estadoismo siempre coloca la pugna entre estadidad e independencia en el plano de la economía. En el 1948 y en sus discursos de campaña buscando la gobernación de Puerto Rico por el Partido Popular Democrático (PPD), Luis Muños Marín abusó del ideal independentista afirmando que votar por la independencia, los puertorriqueños llevaría a Puerto Rico a la ruina económica.
Un estudio sobre esos comicios refleja que el PPD hubiese ganado la gobernación aun manteniendo en su programa el ideal de independencia y teniendo como candidato a Luis Muños Marín. Por eso entiendo que fue una traición de Marín al ideal en que basó la fundación del PPD el haber eliminado de su programa la alternativa independentista. Recuerden que en el 1952 el PIP totalizó un 17 por ciento de los votos. Con Muñoz Marín en la papeleta, el PPD hubiese ganado la gobernación de Puerto Rico en esas elecciones de 1948, aunque su partido hubiese mantenido en su programa la alternativa de la independencia. Y no habríamos sufrido el desastre colonial y mortal del Estado Libre Asociado (ELA).
Una vez en el poder, el PPD y su ELA, dedicaron gran parte de su tiempo a glorificar conceptos asimilistas como la ciudadanía americana y la unión permanente enfilando todos sus cañones en contra del ideal independentista. Y así en cierto modo, el PPD con su ofensiva materialista acribillaron a billetazos la conciencia nacional de nuestra patria.
Si creció el movimiento asimilista en nuestra isla en esos años de holgura industrial y de bonanza económica lo fue por la política pordiosera del PPD siempre vanagloriando al americano sobre el boricua y sentando las bases para una invitación a ser el estado 51. Esa gestión nunca se ha dado porque, además de que Puerto Rico ni es bilingüe ni nunca se ha asimilado a los Estados Unidos, atesora su nacionalidad y su cultura hispánica.
Si algo han demostrado los americanos hacia nosotros es el que nos consideran, como latinos y una raza inferior. Así amigas y amigos compatriotas llegamos al siglo 21 – 2016 – no solamente quebrados económicamente sino también moralmente y humillados ante el mundo siendo gobernados por una Junta de Control Fiscal cuyo único interés es la salud de los bonistas a costa de hundir para siempre la economía de nuestro pueblo.
No había justificación alguna ni legal ni política para que el 15 de junio de 2016, un jurista de la talla de Barack Obama firmara la Ley Promesa, estatuto que desmantelaba todo el andamiaje democrático que quedaba en PR estableciendo de facto, una dictadura de tipo fascista.
No creo que haya duda alguna sobre la inconstitucionalidad de esa Ley firmada por un Obama que siempre trató mezquinamente a Puerto Rico. Pero hay más cuestionamientos que merecen las leyes federales que incluyen una clausula territorial que antagoniza con el concepto de una república democrática constitucional. Las democracias no son imperios, y no pueden poseer naciones ni territorios como Estados Unidos posee a Puerto Rico. ¿Por qué?
Estados Unidos de América se constituyó en una democracia constitucional en los terminales del siglo 18. El solo hecho de proyectarse como un gobierno constitucional le imponía unas limitaciones siendo una de ellas la de poseer otras naciones o territorios. Porque cualquier gobierno de tipo constitucional tiene que evitar el discriminar sobre el derecho de sus constituyentes, tal y como hace la Cláusula Territorial de la constitución americana. Eso lo convierte en un “non sequitur” en derecho porque antagoniza con el concepto mismo que define un gobierno democrático. Si vamos directamente a la raíz misma de este crucigrama jurídico veríamos que es la Cláusula Territorial del “US Constitution” a que vicia todo carácter constitucional y democrático de Estados Unidos que en negación de su propia definición decidió en el 1900 convertirse en un imperio como si fuera la Gran Bretaña.