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La Resolución 35 de la ONU Descolonización de PR 2016

Por José M. López Sierra – Puerto Rico

InformacionAlDesnudo

A continuación esta la Resolución 35 de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre la descolonización de Puerto Rico.

Es pertinente mencionar que estas últimas resoluciones se están aprobando en consenso unánime en el Comité de Descolonización de la ONU.  ¿Dónde está el respecto a la democracia estadounidense?

Es importante destacar que la ONU está en su tercera década dedicada a la erradicación del colonialismo.

Es importante señalar que el gobierno de Estados Unidos ha ignorados todas las resoluciones, como la presente, emitidas por la ONU.

Es prudente entender que el gobierno de Estados Unidos comete un crimen en contra de la humanidad por:

  1. Mantener a Puerto Rico como su colonia
  2. Ser una amenaza a la paz mundial

Oprima este enlace para ver la vista 2016 en la ONU sobre la descolonización de Puerto Rico: https://www.youtube.com/watch?v=otzBslJLbI0

A continuación esta la Resolución 35 de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre la descolonización de Puerto Rico. 

Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales Bolivia (Estado Plurinacional de), Cuba, Ecuador, Federación de Rusia, Nicaragua, República Árabe Siria y Venezuela (República Bolivariana de): proyecto de resolución Decisión del Comité Especial de fecha 22 de junio de 2015 relativa a Puerto Rico El Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, Teniendo presente la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, que figura en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, así como las 34 resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico, Considerando que ha transcurrido más de la mitad del período de 2011-2020, declarado por la Asamblea General, en su resolución 65/119, de 10 de diciembre de 2010 Tercer Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo,

Teniendo presentes las 34 resoluciones y decisiones aprobadas desde 1972 por el Comité Especial sobre la cuestión de Puerto Rico que figuran en los informes del Comité Especial a la Asamblea General, en particular las aprobadas en los últimos años sin votación, Recordando que el 25 de julio de 2016 se cumplen 118 años de la intervención de los Estados Unidos de América en Puerto Rico,

Observando con preocupación que, a pesar de las diversas iniciativas emprendidas en años recientes por los representantes políticos de Puerto Rico y los Estados Unidos, no se ha logrado hasta el momento poner en marcha un proceso de descolonización para Puerto Rico, en cumplimiento de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

Teniendo presente que el pueblo de Puerto Rico se expresó mayoritariamente, el 6 de noviembre de 2012, rechazando su actual condición de subordinación política, y que, en el contexto del significativo recrudecimiento de la crisis económica y fiscal en Puerto Rico, dicha condición le impide tomar decisiones soberanas para atender sus graves problemas económicos y sociales, incluidos el desempleo, la marginalización, la insolvencia y la pobreza,
Observando con preocupación la inminencia de que el Congreso de los Estados Unidos imponga a Puerto Rico una junta de control fiscal, invocando para ello los poderes plenarios del Congreso bajo la Cláusula Territorial de su Constitución, y las declaraciones del Procurador General ante el Tribunal Supremo de ese país, que afirman que Puerto Rico sigue siendo un territorio bajo la sob eranía de los Estados Unidos y sujeto a los poderes plenarios del Congreso de su país,

Tomando nota de que el Tribunal Supremo de Estados Unidos, de conformidad con una consulta legal del Departamento de Justicia de ese país, resolvió en el caso Puerto Rico v. Sánchez Valle que la fuente original y última de la autoridad gubernamental en Puerto Rico lo fue el Congreso de Estados Unidos, Destacando nuevamente la urgente necesidad de que los Estados Unidos propicien las condiciones necesarias para la plena aplicación de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico,

Tomando nota de que el Grupo Interagencial de Trabajo sobre el Estatus de Puerto Rico designado por el Presidente de los Estados Unidos, que presentó su tercer informe el 16 de marzo de 2011, reafirmó que Puerto Rico es un territorio sujeto a la autoridad del Congreso de los Estados Unidos, y de que hasta la fecha la discusión sobre el problema del estatus se ha estancado,

puertorriqueño Oscar López Rivera, de 73 años de edad, que cumple condena en una prisión de los Estados Unidos desde hace más de 35 años, por causas relacionadas con la lucha por la independencia de Puerto Rico y cuyo caso es de carácter humanitario, y acoge con beneplácito la excarcelación de Norberto González Claudio;

Tomando nota también de las declaraciones aprobadas por las Cumbres II, III y IV de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, celebradas en La Habana, Belén (Costa Rica) y Quito en 2014, 2015 y 2016, respectivamente, en las que se reitera el carácter latinoamericano y caribeño de Puerto Rico, se toma nota de las resoluciones sobre Puerto Rico adoptadas por el Comité Especial, reiterándose que es un asunto de interés de la Comunidad, se asume el compromiso de seguir trabajando en el marco del derecho internacional y, en particular, de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, para lograr que la región de América Latina y el Caribe sea un territorio libre de colonialismo y colonias, y se encomienda al Cuarteto de la Comunidad para que, con la participación de otros Estados miembros que deseen sumarse a este mandato, presenten propuestas para avanzar en lo anterior,

Tomando nota además de la Declaración Especial sobre Puerto Rico aprobada por los Jefes de Estado y de Gobierno de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América, reunidos en Caracas los días 4 y 5 de febrero de 2012, mediante la cual expresaron su más firme respaldo al derecho inalienable del pueblo de Puerto Rico a su autodeterminación y plena independencia, recordaron que Puerto Rico es una nación latinoamericana y caribeña, con su propia e inconfundible identidad e historia, cuyos derechos a la soberanía son violados por la tutela colonial impuesta desde hace más de un siglo, destacaron que la causa de la independencia de Puerto Rico es un asunto que concierne a la región de América Latina y el Caribe y a sus foros de concertación y cooperación política, en especial la Comunidad de Estados A/AC.109/2016/L.6 16-10064 3/5 Latinoamericanos y Caribeños, y reclamaron la libertad de los presos políticos que sufren condena por luchar a favor de la independencia y la autodeterminación de Puerto Rico, entre ellos el compañero Oscar López Rivera, quien ha sido encarcelado inhumanamente durante 35 años,
Tomando nota de la “Proclama de Panamá”, adoptada en el Congreso Latinoamericano y Caribeño por la Independencia de Puerto Rico, que con la presencia de 33 partidos políticos de 22 países de la región tuvo lugar los días 18 y 19 de noviembre de 2006 en Panamá, cuyas conclusiones fueron reiteradas en la declaración adoptada por el Consejo de la Internacional Socialista en Cascais (Portugal), el 5 de febrero de 2013, en la que se expresa apoyo al llamado reiterado y unánime del Comité Especial para que la Asamblea General examinara el caso colonial de Puerto Rico y para que se pusiera en libertad a Oscar López Rivera y demás patriotas puertorriqueños que cumplen condenas en cárceles de los Estados Unidos y se manifiesta satisfacción y solidaridad con el rechazo mayoritario del pueblo puertorriqueño a la continuación de la actual condición colonial de Puerto Rico,
Tomando nota también del debate que existe en Puerto Rico sobre la búsqueda de un procedimiento que permita iniciar el proceso de descolonización de Puerto Rico, y consciente de la ineficacia de consultas originadas en los Estados Unidos, del principio de que toda iniciativa para la solución del estatus político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico, y de que al presente en Puerto Rico se han presentado varios proyectos legislativos a favor de la celebración de una asamblea constitucional de estatus,
Tomando nota además del consenso que existe en el pueblo de Puerto Rico a favor de que se ponga en libertad al preso político puertorriqueño, Oscar López Rivera, quien cumple condena en prisiones de los Estados Unidos por más de 35 años, por causas relacionadas con la lucha por la independencia de Puerto Rico,

Tomando nota de la preocupación existente en el pueblo de Puerto Rico con relación a las acciones violentas, incluidas la represión, la intimidación y la toma forzosa de ADN, contra independentistas puertorriqueños, como las que se han conocido recientemente a partir de documentos desclasificados por organismos federales de los Estados Unidos, Conscientes de que la isla de Vieques (Puerto Rico) fue utilizada durante más de 60 años por la infantería de marina de los Estados Unidos para llevar a cabo maniobras militares, con las correspondientes consecuencias negativas para la salud de la población, el medio ambiente y el desarrollo económico y social de ese municipio puertorriqueño,

Tomando nota del consenso que existe en el pueblo y Gobierno de Puerto Rico sobre la necesidad de que se limpien, descontaminen y devuelvan al pueblo de Puerto Rico todas las tierras anteriormente utilizadas para maniobras e instalaciones militares y de que se utilicen para el desarrollo social y económico de Puerto Rico, así como sobre la lentitud de ese proceso hasta el momento,
Tomando nota también de las denuncias hechas constantemente por los habitantes de la isla de Vieques de que se siguen detonando bombas y utilizando la quema abierta como método de limpieza, agravando así los problemas de salud y contaminación ya existentes y poniendo en riesgo la vida de civiles, A/AC.109/2016/L.6 4/5 16-10064
Tomando nota además que en el documento final de la XVI Conferencia Cumbre de Jefes de Estado o de Gobierno del Movimiento de los Países No Alineados1 , celebrada en Teherán del 26 al 31 de agosto de 2012, y en otras reuniones del Movimiento, se reafirma el derecho del pueblo de Puerto Rico a la libre determinación e independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General; se insta al Gobierno de los Estados Unidos a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia y a devolver el territorio y las instalaciones ocupadas en la isla de Vieques y en la Estación Naval de Roosevelt Roads al pueblo puertorriqueño, que constituye una nación latinoamericana y caribeña, y se insta a la Asamblea General a examinar activamente la cuestión de Puerto Rico en todos sus aspectos,
Habiendo escuchado las declaraciones y los testimonios representativos de diversas tendencias del pueblo puertorriqueño y sus instituciones sociales,
Habiendo examinado el informe del Relator del Comité Especial sobre la aplicación de las resoluciones relativas a Puerto Rico,
1. Reafirma el derecho inalienable del pueblo puertorriqueño a la libre determinación y la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y la aplicabilidad de los principios fundamentales de dicha resolución a la cuestión de Puerto Rico;
2. Reitera que el pueblo puertorriqueño constituye una nación latinoamericana y caribeña que tiene su propia e inconfundible identidad nacional;
3. Exhorta nuevamente al Gobierno de los Estados Unidos de América a asumir su responsabilidad de acelerar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia, de conformidad y en pleno cumplimiento con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones y decisiones del Comité Especial relativas a Puerto Rico, y que pueda, de manera soberana, tomar decisiones para atender sus urgentes necesidades económicas y sociales, incluidos el desempleo, la marginalización, la insolvencia y la pobreza;
4. Observa el amplio apoyo a la independencia de Puerto Rico demostrado por personalidades, gobiernos y fuerzas políticas de América Latina y el Caribe;
5. Observa nuevamente el debate que existe en Puerto Rico sobre la implementación de un mecanismo que pueda asegurar la plena participación de representantes de todos los sectores de opinión puertorriqueños, entre ellos una asamblea constitucional sobre la cuestión del estatus basada en las alternativas de descolonización reconocidas por el derecho internacional, consciente del principio de que toda iniciativa para la solución del estatus político de Puerto Rico debe tomarla originalmente el pueblo de Puerto Rico;
6. Expresa profunda preocupación por las acciones llevadas a cabo contra independentistas puertorriqueños y alienta a que se investiguen esas acciones, con el rigor necesario y la cooperación de las autoridades competentes; __________________ 1 A/67/506-S/2012/752, anexo I. 2 A/AC.109/2016/L.13. A/AC.109/2016/L.6 16-10064 5/5
7. Solicita a la Asamblea General que examine, de manera amplia y en todos los aspectos, la cuestión de Puerto Rico, y se pronuncie sobre la misma lo antes posible;
8. Insta al Gobierno de los Estados Unidos a que, en consonancia con la necesidad de garantizar al pueblo puertorriqueño su legítimo derecho a la libre determinación y la protección de sus derechos humanos, complete la devolución al pueblo de Puerto Rico de toda la tierra ocupada y las instalaciones de la isla de Vieques y Ceiba, respete los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la salud y al desarrollo económico, y acelere la ejecución y asuma los costos del proceso de limpieza y descontaminación de las áreas anteriormente utilizadas en las maniobras militares mediante métodos que no continúen agravando las serias consecuencias de su actividad militar para proteger la salud de los habitantes de la isla de Vieques y el medio ambiente;
9. Reclama nuevamente al Presidente de los Estados Unidos que ponga en libertad, sin más demora, al preso político puertorriqueño Oscar López Rivera, de 73 años de edad, que cumple condena en una prisión de los Estados Unidos desde hace más de 35 años, por causas relacionadas con la lucha por la independencia de Puerto Rico y cuyo caso es de carácter humanitario, y acoge con beneplácito la excarcelación de Norberto González Claudio;
10. Toma nota con satisfacción del informe preparado por el Relator del Comité Especial en cumplimiento de lo dispuesto en su resolución de 22 de junio de 2015;
11. Solicita al Relator que le informe en 2016 sobre la aplicación de la presente resolución, incluyendo nuevos acontecimientos relevantes a un proceso de descolonización de Puerto Rico, de conformidad con la resolución 1514 (XV);
12. Decide mantener en constante examen la cuestión de Puerto Rico.
Oprima este enlace para ver la fuente: RESOLUCION CE PR 2016 (1)

Jose M Lopez Ismael

Nací en NYC. Me mudé a Puerto Rico en el 1980 donde eventualmente me convertí en independentista al ver que PR no se administra para los boricuas. Me retiré tempranamente de la pedagogía para luchar 24/7 por la descolonización de Puerto Rico a través de marchas pacíficas anuales y empujar a la ONU hacer su trabajo. Necesitaremos un tsunami de gente protestando permanentemente para obligar a USA a cumplir con la ley internacional que prohíbe el coloniaje.

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